Biblioteca Jurídica/LEG-CEL-001·v0.1·Vigente

Consentimiento Electrónico

Versión

0.1

Estado

Vigente

Última actualización

2026-07

Presentación

Control documental adicional

Clasificación: Público · Responsable: MIGO Systems S.A.S. · Fecha de emisión: Pendiente de constitución (dato por confirmar antes de publicar la versión definitiva).

El presente documento desarrolla los mecanismos mediante los cuales los Usuarios y Clientes manifiestan su voluntad por medios electrónicos dentro del ecosistema MIGO Expert, así como el registro, la conservación y el valor probatorio de dicha manifestación.

Este documento hace parte integral del marco contractual de MIGO Expert y complementa los Términos y Condiciones de Uso (LEG-TYC-001).

I.Objeto

Artículo 1. Objeto

Este documento tiene por objeto regular la validez, el registro y los efectos del consentimiento otorgado por medios electrónicos dentro de MIGO Expert.

Su finalidad es que las aceptaciones realizadas en la plataforma queden asociadas de manera verificable a una persona, a un documento, a una versión y a un momento determinado.

II.Alcance

Las disposiciones de este documento aplican, entre otros, a los siguientes actos realizados dentro del ecosistema MIGO Expert:

  • Aceptación de los Términos y Condiciones de Uso.
  • Aceptación de las políticas que integran la Biblioteca Jurídica de MIGO Systems.
  • Autorización para el tratamiento de datos personales.
  • Contratación, renovación o cancelación de suscripciones y servicios.
  • Aceptación de condiciones comerciales particulares y de programas especiales.
  • Manifestaciones de voluntad realizadas dentro de los módulos y flujos de la plataforma.

III.Manifestación de Voluntad

Artículo 2. Mecanismos de Aceptación

La manifestación de voluntad podrá realizarse mediante cualquiera de los mecanismos habilitados por MIGO Systems, entre ellos:

  • Registro en la plataforma.
  • Autenticación electrónica.
  • Aceptación mediante casilla de verificación (checkbox).
  • Mecanismos OTP y códigos de verificación enviados por correo electrónico o mensajería.
  • Autenticación multifactor.
  • Firma electrónica.
  • Firma digital.
  • Cualquier otro mecanismo de aceptación implementado por MIGO Systems que resulte tecnológicamente equivalente.

La elección del mecanismo aplicable a cada acto corresponderá a MIGO Systems conforme a criterios de seguridad, naturaleza del documento y nivel de riesgo identificado.

Artículo 3. Aceptación Informada

Antes de otorgar su consentimiento, el Usuario podrá consultar el documento sometido a aceptación en su versión vigente.

La aceptación se entenderá otorgada de forma libre e informada cuando el Usuario haya tenido la posibilidad efectiva de acceder al contenido del documento y ejecute de manera consciente la acción de aceptación habilitada por la plataforma.

Artículo 4. Aceptación en Nombre de una Organización

Quien acepte un documento en nombre de una organización declara actuar con autorización suficiente para vincularla.

La existencia de dicha autorización podrá ser verificada por MIGO Systems cuando resulte necesario.

IV.Identificación del Usuario

Artículo 5. Autenticación

La identificación del Usuario que otorga el consentimiento se realizará mediante los mecanismos de autenticación habilitados en la plataforma, incluidos el registro con correo electrónico, los proveedores de identidad autorizados, los códigos de verificación, la autenticación multifactor y los mecanismos biométricos cuando sean implementados.

Cada Usuario será responsable de la confidencialidad de sus credenciales conforme a los Términos y Condiciones de Uso. El uso compartido de credenciales afecta la trazabilidad de las aceptaciones y compromete la seguridad de la información.

Artículo 6. Verificación Reforzada

Cuando la naturaleza del acto lo justifique, MIGO Systems podrá exigir mecanismos adicionales de verificación de identidad, tales como la verificación mediante correo electrónico, mediante WhatsApp o mediante la combinación de ambos canales.

La verificación reforzada busca prevenir el fraude, proteger la información del Cliente y fortalecer la confiabilidad de la evidencia generada.

V.Evidencia Electrónica

Artículo 7. Registro de la Aceptación

Cada aceptación quedará registrada como evidencia electrónica. Según el mecanismo utilizado, el registro podrá comprender:

  • Identificación del Usuario que acepta y de la organización vinculada.
  • Código y título del documento aceptado.
  • Versión exacta del documento sometido a aceptación.
  • Fecha y hora de la aceptación.
  • Mecanismo de aceptación empleado.
  • Datos técnicos asociados a la operación conforme a los mecanismos de auditoría de la plataforma.

Artículo 8. Versión del Documento Aceptado

Cada aceptación quedará asociada a la versión vigente del documento en el momento de otorgarse.

La publicación de una versión posterior no altera la evidencia de las aceptaciones previamente registradas, que conservan valor respecto de la versión a la cual se refieren.

Artículo 9. Conservación de la Evidencia

MIGO Systems conservará las evidencias de aceptación durante el tiempo necesario para acreditar la relación contractual, atender reclamaciones y cumplir las obligaciones legales aplicables.

La conservación de estas evidencias podrá extenderse más allá de los plazos generales de eliminación previstos en la Política de Tratamiento de Datos Personales (LEG-PDP-001), en cuanto resulten necesarias para la defensa de intereses legítimos o por mandato legal.

Artículo 10. Trazabilidad

Las acciones ejecutadas dentro de la plataforma quedarán registradas conforme a los mecanismos de auditoría implementados por MIGO Systems.

Estos registros permiten reconstruir la secuencia de eventos asociada a una aceptación y constituyen el soporte técnico de la evidencia electrónica.

Artículo 11. Fuerza Probatoria

Las partes reconocen que las manifestaciones de voluntad otorgadas por los medios electrónicos regulados en este documento producen los mismos efectos jurídicos que las realizadas por medios físicos, conforme a la legislación colombiana aplicable a los mensajes de datos y al comercio electrónico.

La evidencia electrónica conservada por MIGO Systems podrá ser aportada como medio de prueba de la aceptación, sin perjuicio de la valoración que corresponda a la autoridad competente y del derecho de las partes a controvertirla.

VI.Aceptación de Nuevas Versiones y Comunicaciones Electrónicas

Artículo 12. Nuevas Versiones

Cuando MIGO Systems publique una nueva versión de un documento sometido a aceptación, informará dicha circunstancia mediante la plataforma, correo electrónico u otros canales oficiales.

La continuidad en el uso de MIGO Expert después de la entrada en vigor de una nueva versión constituirá aceptación de las modificaciones introducidas, salvo cuando la ley exija una manifestación expresa de voluntad.

Cuando la legislación aplicable o la naturaleza del cambio así lo requieran, MIGO Systems solicitará una nueva aceptación expresa, que quedará registrada como evidencia independiente.

Artículo 13. Comunicaciones Electrónicas

Las partes aceptan que las comunicaciones relacionadas con la relación contractual puedan realizarse por medios electrónicos, incluidos el correo electrónico registrado, las notificaciones dentro de la plataforma y los canales oficiales habilitados por MIGO Systems.

Corresponde al Cliente mantener actualizados sus datos de contacto. Las comunicaciones remitidas a la información de contacto registrada se entenderán válidamente efectuadas.

VII.Revocatoria

Artículo 14. Revocatoria del Consentimiento

El titular podrá revocar el consentimiento otorgado mediante los canales oficiales de atención de MIGO Systems, salvo cuando exista un deber legal o contractual que imponga la conservación de la información o la continuidad del tratamiento.

La revocatoria no afectará la validez de los actos ejecutados con anterioridad ni la licitud del tratamiento realizado hasta ese momento.

La revocatoria del consentimiento necesario para la prestación del servicio podrá implicar la imposibilidad de continuar utilizando determinadas funcionalidades de la plataforma.

VIII.Vigencia

Artículo 15. Vigencia y Actualización

El presente documento entrará en vigor a partir de su publicación oficial por MIGO Systems y permanecerá vigente hasta que sea sustituido por una versión posterior.

MIGO Systems podrá actualizarlo cuando resulte necesario por razones legales, regulatorias, técnicas o de evolución del ecosistema.